MINISTERIOS INFORMARÁN AL MINAM SOBRE DESEMPEÑO AMBIENTAL

  • Por primera vez, la ciudadanía podrá contar un Reporte Semestral de Desempeño Ambiental de los Ministerios que tienen que ver con actividades productivas, sociales y económicas.
  • Será publicado en la página web del MINAM y permitirá conocer la evolución de la gestión ambiental sectorial
  • Servirá también como herramienta para anticiparse a los conflictos sociales por problemas ambientales no resueltos 

Lima, 02 de febrero de 2012.- El Ministerio del Ambiente anunció que en un plazo no mayor a seis meses los Ministerios deberán informar sobre su desempeño en gestión ambiental, así deberán formular, actualizar o aprobar, previa opinión favorable del MINAM, sus normas ambientales. “Lo que pretende esta directiva es que cada uno de los Ministerios que tienen que ver con actividades productivas, sociales y económicas avancen en el desarrollo de los instrumentos de gestión que requieren para poder cumplir cabalmente con su función de gestión ambiental”, señaló el Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, Gabriel Quijandría.

La “Directiva Para Fortalecer el Desempeño de la Gestión Ambiental Sectorial” fue aprobada mediante la Resolución Ministerial Nª 218-2012-MINAM, la cual obliga a las Autoridades Ambientales Sectoriales a contar con sus respectivos reglamentos de protección ambiental que incluyan principios, obligaciones y procedimientos, y la definición de sus instrumentos de gestión ambiental tales como los Límites Máximos Permisibles (LMP), Estándares de Calidad Ambiental (ECA), entre otros.

Las autoridades ambientales sectoriales  tienen un plazo de seis meses para adecuar su normativa sectorial ambiental, debiendo alcanzar al MINAM cada cuatro  meses un reporte del cumplimiento de la directiva en mención, así como el informe del desempeño ambiental sectorial cada seis meses. “El reporte se hará al público a través de la página web del MINAM. A partir de los reportes parciales de cada Ministerio, el MINAM preparará un reporte integrado en el cual irá mostrando cómo evoluciona la gestión ambiental sectorial”, indicó Castro.

La norma también destaca la necesidad de aprobar un Reglamento de Participación Ciudadana, así como el envío al MINAM de las resoluciones administrativas que conceden o deniegan las certificaciones ambientales para los proyectos de inversión de los Ministerios y  los registros de las entidades autorizadas para elaborar las Evaluaciones de Impacto Ambiental (EIA) a fin que incluyan en el Registro único de Entidades autorizadas para elaborar Evaluaciones Ambientales Estratégicas y Estudios de Impacto Ambiental.

El Viceministro resaltó que esta herramienta es de suma importancia para anticiparse a los conflictos sociales por problemas ambientales no resueltos. “En el 2007 el Banco Mundial preparó el Estudio de Evaluación Ambiental del Perú en el que se demostró que la falta de atención de los problemas ambientales genera un costo de 4% del PBI asociado a enfermedades de contaminación pérdida de biodiversidad, deforestación, entre otros.

Cabe recordar que tal como lo establece la Ley General del Ambiente, son las Autoridades Ambientales Sectoriales las encargadas de aprobar la política ambiental de su sector, la cual deberá incluir las medidas y plazos en os que se atenderán los aspectos ambientales priorizados, en concordancia con la Política Nacional del Ambiente y otros instrumentos de planificación ambiental nacional. De esta manera, el MINAM continúa con su rol de ente rector de la gestión ambiental nacional en coordinación permanente con los demás sectores del Estado peruano en beneficio del país.

Comunicaciones MINAM

www.minam.gob.pe

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